Tierras incultas: solo el 50% de las hectáreas con derecho a riego está cultivada
el Valle de Tulum cuenta con 124.079 hectáreas empadronadas con derecho a riego, pero la superficie efectivamente cultivada nunca ha superado el 50 % de ese total.

Una vez más surge la necesidad de insistir sobre lo ya dicho: San Juan atraviesa una “bancarrota hídrica”. En el ciclo 2025-2026, el pronóstico de derrame del río San Juan apenas alcanza los 600 hectómetros cúbicos (hm³), frente a una media histórica de 1.933 hm³.
Este contexto exige revisar múltiples problemas vinculados con el sistema de riego, pero hay uno en particular cuya causa no es ambiental, sino de gestión y normativa. El sistema de riego provincial está obligado por ley a entregar agua a miles de hectáreas con derecho a riego que hoy no están cultivadas. Mientras los productores activos sufren cortes de hasta 180 días al año, el recurso se pierde en una red diseñada para una realidad productiva que ya no existe.
Según datos técnicos del Centro de Investigación, Desarrollo e Innovación para la Gestión Integral del Agua en el Árido (CIGIAA), el Valle de Tulum cuenta con 124.079 hectáreas empadronadas con derecho a riego, pero la superficie efectivamente cultivada nunca ha superado el 50 % de ese total.
Las siguientes imágenes satelitales son de acceso público y corresponde a la web de la Unidad de Infraestructura de Datos Espaciales (UNIDE). En color verde resaltado se ven terrenos con derecho a riego y a simple vista se puede observar que no corresponden a plantaciones.



El informe titulado «El riego en la provincia de San Juan, Argentina: su dinámica institucional en los últimos dos siglos» publicado en la web del Departamento de Hidráulica y cuyo autor es el agrónomo Omar Miranda, ex director del INTA, eleva la cifra provincial a 160.000 hectáreas con derecho a riego, de las cuales solo se trabajan algo más de 89.000 hectáreas, es decir, el 56 %.
¿Por qué el Departamento de Hidráulica (DH) sigue enviando agua a tierras incultas? El artículo 127 del Código de Aguas impone una “uniformidad absoluta” en la distribución. La norma prohíbe expresamente el uso de coeficientes diferenciales y obliga al DH a tratar por igual a una finca con riego tecnificado y alta producción que a un campo cubierto de maleza que conserva su derecho.
Mientras se desperdicia agua en terrenos incultos, los productores que pueden afrontar el costo de perforaciones recurren al acuífero, porque el agua superficial resulta insuficiente y poco confiable. Esto genera otra problemática que excede este artículo: la sobreexplotación y salinización de las reservas subterráneas.
Sincerar el cultivo
Fuentes consultadas proponen una medida drástica para paliar el problema: una excepción legal mediante decreto que permita dejar temporalmente de lado la rigidez del artículo 127.
La propuesta consiste en realizar un relevamiento rápido mediante declaración jurada, para que cada usuario informe la cantidad exacta de hectáreas que tiene cultivadas y el tipo de plantación. Si la distribución se basara solo en la superficie efectivamente plantada, el caudal disponible podría aprovecharse mucho mejor y, según los expertos, los días de corte obligatorio se reducirían de manera notable, disminuyendo el estrés hídrico de cultivos permanentes como la vid y el olivo.
Sin embargo, esta solución choca con una estructura de poder histórica. Durante décadas, el derecho de riego se utilizó para valorizar tierras incultas: permitía comprar terrenos baratos e incrementar su valor simplemente mediante la obtención de una concesión de agua, sin necesidad de inversión productiva.
La gobernanza del agua en San Juan sigue atrapada en una suerte de manual de instrucciones del siglo XIX. En ese esquema, el oasis se encamina a un colapso sistémico, más allá de que las condiciones climáticas sean favorables o desfavorables.
