Cerro Coronel: por qué Orrego se comprometió a pagar por las tierras que necesita Barrick
El gobernador acordó financiar la expropiación de unas 55 hectáreas en Iglesia donde funciona una antena utilizada por Veladero. La iniciativa sigue sin ejecutarse mientras continúa abierto el juicio entre la propietaria y la minera. El convenio prevé que el municipio obtenga las tierras y garantice el uso gratuito de las instalaciones.

En el Cerro Coronel, en Iglesia, una antena sostiene las comunicaciones de Veladero y un conflicto que lleva más de veinte años. Debajo de esa infraestructura hay un terreno privado. Sobre su utilización, un juicio todavía pendiente. Y entre la propietaria y la minera apareció un tercer actor: el Estado, dispuesto a pagar una expropiación para asegurar que las instalaciones permanezcan allí.
La iniciativa comenzó en 2024 y continúa sin ejecutarse. Mientras la Justicia debe resolver el derecho que Barrick invoca para utilizar el predio, el gobierno de Marcelo Orrego comprometió fondos provinciales para expropiarlo. La pregunta atraviesa toda la historia: ¿por qué los sanjuaninos deberían financiar una solución que beneficia a la empresa que utiliza la antena?
El conflicto se remonta a 2003, cuando la minera comenzó a usar esa instalación. La familia Leonardi sostiene que nunca autorizó ese uso. Los reclamos desembocaron en una advertencia de retirar los equipos si la compañía no regularizaba la situación. Fue entonces la empresa la que acudió a la Justicia para impedir que se afectara su funcionamiento. Minera Andina del Sol, operadora de Veladero, sostiene que cuenta con una servidumbre minera que habilita la utilización del lugar.
El recorrido judicial tuvo varias vueltas. En primera instancia hubo un fallo favorable a la propietaria, Irene Leonardi, y una condena económica contra la minera – 969.360 dólares -. La Cámara eliminó esa condena, pero mantuvo una conclusión adversa a la empresa sobre la servidumbre. Después intervino la Corte provincial: en abril de 2026 anuló ese pronunciamiento y ordenó dictar otro porque no se habían considerado pruebas relevantes presentadas por Barrick. El litigio continúa pendiente de resolución en la Cámara.
Guillermo Leonardi, primo de la propietaria y quien lleva adelante el reclamo familiar, asegura que nunca recibieron un peso de Barrick en concepto de servidumbre minera.
Con esa disputa abierta, Orrego y el intendente de Iglesia, Jorge Espejo, firmaron el 18 de septiembre de 2024 un acta para impulsar la expropiación. El acuerdo comprende unas 55 hectáreas, incluido el camino de acceso. La ordenanza municipal llegó después, en diciembre de ese año.
El documento permite seguir el recorrido previsto para la tierra y para el dinero. El municipio obtendría la titularidad. La Provincia financiaría las indemnizaciones a los propietarios, la mensura, los honorarios profesionales y los gastos judiciales y extrajudiciales. También se comprometió a tramitar los juicios mediante Fiscalía de Estado. Por su parte, la Municipalidad se obligó a permitir el uso pacífico y gratuito de las antenas existentes y futuras.
Aunque circularon versiones periodísticas que dieron por concretada la expropiación y le atribuyeron un costo de $7,5 millones para el Estado, Leonardi lo negó: sostiene que la familia no recibió ese pago y que la expropiación nunca se ejecutó. A casi dos años de la ordenanza, la iniciativa sigue pendiente.
El mecanismo elegido pone el financiamiento en manos del Estado. El acuerdo no establece un aporte de Barrick para cubrir la adquisición. La Provincia asumiría los costos y el municipio garantizaría un uso gratuito que incluye a la instalación de la minera.
Las autoridades fundamentaron la iniciativa en la necesidad de proteger las comunicaciones. En el cerro también hay antenas de organismos públicos y otros prestadores (Canal 8, Gendarmería Nacional, la Dirección de Defensa Civil, la estación INPRES). Según Leonardi, esas instalaciones fueron autorizadas hace muchos años por su padre y otros integrantes de la familia. Pero el acta dedica una atención especial a la de Minera Andina del Sol: la describe como esencial para la operación de Veladero y recoge la advertencia atribuida a la compañía de que dejaría de operar si perdía esas comunicaciones.
Ese argumento convierte una necesidad de la explotación minera en uno de los fundamentos de la intervención estatal. Queda por explicar por qué preservar esa actividad requiere que la Provincia pague la expropiación y qué responsabilidad económica le corresponde a la empresa beneficiada.
El punto legal más sensible está en el convenio con el que Orrego comprometió esos recursos. La Constitución sanjuanina establece que los acuerdos del gobernador con los municipios requieren aprobación de la Cámara de Diputados.
La ordenanza de Iglesia y la aprobación del compromiso provincial son cuestiones distintas. La Constitución y la Ley General de Expropiaciones permiten que un municipio declare la utilidad pública mediante ordenanza. Pero esa decisión municipal no demuestra, por sí sola, que se haya completado el procedimiento correspondiente al acuerdo por el que la Provincia financiaría las indemnizaciones y tramitaría los juicios.
La Constitución permite que el convenio quede aprobado si Diputados no se pronuncia dentro de los noventa días de haberlo recibido formalmente. Ese plazo comienza cuando el acuerdo ingresa a la Legislatura, no cuando lo firman el gobernador y el intendente. Si nunca fue presentado, el plazo no empezó a correr. Por eso, los dos años transcurridos desde la firma no bastan para considerarlo aprobado.
La existencia del juicio tampoco vuelve ilegal, por sí sola, una expropiación. Sí obliga a explicar la decisión política: mientras dos particulares discuten qué derechos tiene la minera sobre un terreno, el Estado impulsa un mecanismo que permitiría mantener ese uso mediante la adquisición del inmueble con fondos públicos.
La discusión encuentra un punto de contacto con Vicuña y la línea eléctrica Nueva San Juan–Rodeo: el aprovechamiento minero de infraestructura financiada parcialmente por la comunidad. El regulador nacional ratificó para Vicuña una prioridad de uso por 25 años que incluye el 90% de la capacidad remanente del corredor operando en 500 kV, junto con ampliaciones a cargo de la compañía. El EPRE sanjuanino objetó las condiciones y reclamó reconocer los aportes de los usuarios. Con mecanismos y autoridades diferentes, ambos casos abren una discusión sobre quién financia la infraestructura y bajo qué condiciones las mineras acceden a sus beneficios.
En Cerro Coronel, el esquema quedó escrito: convertir una propiedad privada en municipal, financiar la expropiación con fondos provinciales y garantizar un uso gratuito que incluye a Barrick. Todo ello mientras la Justicia todavía debe definir el derecho que la empresa reclama sobre ese mismo lugar.
La antena sigue allí. El juicio espera una resolución y la expropiación continúa sin ejecutarse. Orrego ya firmó el compromiso de financiarla con recursos provinciales. La explicación pendiente es por qué ese costo debe recaer sobre los sanjuaninos y no sobre la minera que necesita esas tierras.
