SAN JUAN: CLAVES PARA ENTENDER EL NUEVO SISTEMA ELECTORAL

Cómo comprender el Sistema de Participación Democráctica Abierta (SiPAD) que comienza a regir en la provincia en 5 claves.

Durante la jornada del 8 de septiembre se debatió en la Cámara de Diputados de San Juan un nuevo Código Electoral para la provincia impulsado por el oficialismo. Luego de ardua discusión, se aprobó el Sistema de Participación Democrática Abierta (SiPAD), llamado coloquialmente Ley de Lemas.

Para las y los electores que vivieron los años 90’ este sistema no resultará ajeno; en las elecciones provinciales de 1995 y 1999 se votó a través de lemas y sublemas. Sin embargo, para quienes no formában parte del padrón electoral por aquel entonces, el nuevo código resulta un cambio significativo en nuestro modo de elegir representantes. Comprender las dinámicas de este sistema requerirá adentrarse en las nuevas reglas de juego que comenzarán a regir en la política sanjuanina.

EL PASO A PASO

La ley impulsada por el gobierno de Sergio Uñac se aprobó con 26 votos a favor por parte de legisladores del Frente de Todos (FdT) y 9 en contra de los diputados de Juntos por el Cambio (JxC).

El nuevo régimen de elección tiene como principal característica su mecanismo de tributación a través del cual los votos de los candidatos de un mismo espacio se suman y se terminan contabilizando para quien haya salido primero en esa agrupación.

Lo que llamamos “lema” hace referencia a un partido o frente electoral que se presenta a elecciones. En el SiPAD los lemas son llamados agrupaciones políticas. Los “sublemas”, en cambio, representan las listas de candidatos al interior de cada lema: las fórmulas. Los sublemas, en la nueva ley, serán llamados subagrupaciones

Este gran cambio en el sistema electoral no es algo sorpresivo. El oficialismo viene trabajando sobre la cuestión desde el 2021. En diciembre del año pasado, se dio el primer paso cuando se derogaron las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), medida que dio inicio formal al proceso que se concretó con la aprobación del SiPAD.

El día 7 de septiembre, es decir, el día previo a que el nuevo código fuera aprobado, se había logrado abrogar –dejar sin efecto- la Ley 613 que evitaba modificar el sistema electoral 18 meses antes de las próximas votaciones. Sin esa abrogación, el oficialismo no podría haber procedido con su propuesta.

Para lograr que la “Ley de Lemas” fuera de hecho sancionada, el uñaquismo debió negociar arduamente con sectores del interior del FdT provincial que se mostraban reticentes a la modificación. Incluso, en un primer momento, el giojismo se opuso a la medida y comenzó un proceso judicial debido a la eliminación de las PASO. Sin embargo, se logró llegar a un acuerdo entre los sectores que mostraron su apoyo el día de la votación.

ANTECEDENTES NACIONALES

San Juan no es la única provincia que optó por esta propuesta electoral. En sus orígenes, el sistema nació con el objetivo de democratizar la elección interna de los partidos y fue aplicado en 11 provincias argentinas. Actualmente son tres las que lo mantienen: Formosa, Misiones y Santa Cruz. Nunca ha sido utilizado para elecciones presidenciales.

Desde hace unos meses, en Chubut, provincia gobernada por Mariano Arcioni (del partido Chubut Somos Todos), también se baraja la posibilidad de implementar una “Ley de Lemas”. A raíz del debate, la emisora chubutense La Cien Punto Uno realizó un video donde detalla el funcionamiento de la ley de manera minuciosa ¿Cómo es este sistema recauchutado de los años 90?

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5 CLAVES DEL NUEVO-VIEJO SISTEMA ELECTORAL SANJUANINO

A continuación esbozamos algunas de las principales características del SiPAD:

1) Cada agrupación –frente electoral- podrá presentar varias subagrupaciones –distintas listas- como fórmulas a gobernador o intendente. En este sistema ya no habría límites para candidato a intendente.

2) Una agrupación puede presentarse a elecciones siempre y cuando tenga representación en, al menos, 10 departamentos de la provincia (más de la mitad de departamentos de San Juan que son 19)

3) Con el SiPAD se rompe la lógica de que el candidato más votado es necesariamente el ganador ya que el voto será simultáneo, acumulativo y transferible. Los votos de todos los candidatos de un mismo frente electoral en determinada categoría se suman y terminan contabilizándose para quien haya salido primero dentro de esa categoría. Esto significa que el voto que una persona realiza a un candidato puede transferirse a otro si el votado sale perdedor en la interna del frente.  

4) Se trata de una suerte de elección interna y general en el mismo acto eleccionario. La votación se realizará una única vez y no dos como se hacía con el anterior sistema de las PASO.

5) Con respecto a la elección a concejales y diputados proporcionales, se decidió que aquellos que no resulten ganadores deben obtener al menos un 10% de los votos de todo el padrón electoral del departamento en que se postulan, para ingresar al reparto de cargos. El reparto se realizará a través del sistema D’Hont.

Este último fue un punto de discusión entre el oficialismo y el bloquismo. En un principio, la propuesta del oficialismo pretendía un 20% de los votos departamentales para entrar al reparto de cargos proporcionales. Para el Partido Bloquista y otros que integran el FdT –como el Frente Grande- , este 20% representaba un porcentaje muy alto, así es que se negoció bajarlo al 10%.

LA OPOSICIÓN: En nombre de la democracia

Desde el intento de magnicidio a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner el concepto de democracia ha sido manoseado por distintos sectores de la política hasta dar la sensación de que, para todos, el significado de esa palabra es el mismo. En San Juan, la sanción del Sistema de Participación Democrática Abierta volvió a poner a la democracia en el centro de la discusión.

Juntos por el Cambio se posicionó en contra de la llamada “Ley de Lemas” desde un primer momento, abogando que se trataba de un proyecto inconstitucional y antidemocrático. Así lo expresó, entre otros, el legislador Guido Romero del partido Producción y Trabajo, que asesora al interbloque de JxC: “este sistema electoral se contradice con la Constitución de San Juan y con las leyes nacionales, entre ellos el Código Civil y la retroactividad de los derechos adquiridos». «Vamos a ir hasta las últimas consecuencias», recalcó.

Así también se expresaron dirigentes provinciales y nacionales en sus redes personales. Hasta el ex presidente Mauricio Macri comunicó su rechazo a la medida provincial.

Ese “últimas consecuencias” hace referencia a las acciones legales que la oposición advirtió tomar. Desde JxC se argumenta que la medida es inconstitucional debido a que consideran que la ley de lemas es un sistema de votación “indirecta” y no “directa” como propone la Constitución Provincial.

En ese sentido, Aníbal Gutiérrez -politólogo, docente de la Universidad Nacional de San Juan (UNSJ) e investigador en sistemas electorales- explica que, si una persona vota por una subagrupación y ese candidato no resulta el más elegido de la agrupación, su voto se transfiere automáticamente al candidato de la subagrupación ganadora y eso “no significa que el voto sea indirecto, sino que es transferible“.

“Se trata de un voto transferible, simultáneo y acumulativo. Quien va a votar sabe que simultáneamente está votando a la agrupación en general, y es acumulativo porque el voto que se realiza por un candidato, si no gana, se acumula para el candidato del sublema que sí gane”, expresa Gutiérrez y concluye: “esto es algo  de lo que el elector tiene plena conciencia al momento de votar; nadie lo engaña”.

Además el docente e investigador comentó que los sistemas electorales son competencia de las provincias. “Esto lo dirime la provincia. Por más que la oposición diga que va a ir a la Corte de Justicia, iría a la Corte local. No puede saltar a Nación porque no le va a dar importancia”.

NUEVAS REGLAS DE JUEGO

Frente a esta gran modificación, a las y los electores nos surge la pregunta de por qué, de qué sirve. O más bien, ¿a quién le sirve?

Se dice desde el oficialismo que este sistema es genuinamente democrático ya que el electorado tiene una incidencia importante respecto de las internas. También se dijo que permite economizar electoralmente ya que el acto electoral se realiza en una única ocasión y no dos. Puede haber algo de eso.

Para los electores la propuesta de votar una sola vez podría resultar atractiva. Este sistema rompe con el esquema del voto personal e intransferible y tiende a priorizar la entidad partidaria por sobre los personalismos. Visto desde esta perspectiva, prevalece el proyecto político de un determinado frente por sobre la persona candidata.

Sin embargo, la participación de distintos frentes en las elecciones es bastante exclusiva. El requisito de tener candidatos en al menos 10 departamentos de la provincia para presentar lista a gobernador es una cuestión remarcable. En esta línea, el SiPAD puede profundizar la tendencia hacia el bipartidismo algo que, al final, termina ensanchando la histórica grieta de la política nacional y provincial.

Este último requisito también impide que los partidos más pequeños puedan presentarse a elecciones y los obliga a formar alianzas con otros frentes para conseguir algún tipo de presencia electoral.

“Cuando se imponen los sistemas electorales hay que observar el ánimo social, la idiosincrasia, la cultura; cómo está el sistema político y la credibilidad de los partidos”, expresa Aníbal Gutiérrez. “Obviamente que no es inocuo, no es inocente, siempre tiene algún sentido subjetivo, pero uno elabora un sistema electoral sin saber quién se va a servir de él”, afirma el politógo.

Sin saber cuál será el escenario del 2023 en la provincia, lo que está claro es que esta ley implica un gran cambio en las estrategias de juego de la política provincial. Alianzas, negociaciones, acuerdos, campañas; todo lo que implica un proceso eleccionario ha de verse afectado. En ese mismo juego, reside la capacidad de los partidos de adaptarse y encontrar las estrategias y figuras pertinentes para consolidarse en este nuevo marco electivo.

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