Orrego envió un proyecto para eliminar los lemas, no incluye boleta única de papel y cambia las reglas para definir candidatos

En un texto acotado y simple, el oficialismo provincial busca derogar el sistema político del uñaquismo. ¿Quiénes ganan y pierden con la derogación?

El gobernador Marcelo Orrego envió a la Legislatura de San Juan un proyecto para derogar el Sistema de Participación Abierta y Democrática (SiPAD). El texto es breve y acotado. Uno de sus objetivos es eliminar el sistema electoral que el uñaquismo implementó en 2022. Sin embargo, no define qué mecanismo lo reemplazaría. La sorpresa es otra: tampoco incluye la Boleta Única de Papel, el sistema utilizado por el oficialismo nacional en las legislativas de 2025 y que el propio mandatario sanjuanino elogió en más de una ocasión.

Si bien no se trata de una reforma electoral integral, el proyecto cumple con una de las promesas de campaña del orreguismo. El propio Marcelo Orrego había calificado al sistema de lemas como una ley “retrógrada”.

El proyecto no incorpora la Boleta Única de Papel. El dato llamó la atención porque la BUP fue uno de los ejes de la reforma electoral impulsada a nivel nacional por Javier Milei, y el propio Orrego se expresó en distintas oportunidades a favor de ese sistema.

La propuesta oficialista contaría, en principio, con el respaldo del PRO, Actuar, Producción y Trabajo y del diputado angaquero Marcelo Mallea. La incógnita pasa por los legisladores considerados pendulares, como Pedro Albagli, Leopoldo Soler y Franco Aranda.

También resta conocer qué harán los cuatro diputados del Partido Bloquista, que inicialmente esperaban trabajar un proyecto en conjunto con el orreguismo y que, además, se habían manifestado a favor de mantener el SiPAD, aunque con algunas modificaciones.

Las voces del peronismo

El peronismo está dispuesto a votar la derogación. Fuentes del Partido Justicialista aseguraron a La Mecha que la postura del espacio será acompañar la iniciativa. “Hay mucha confianza en que, con cualquier sistema, vamos a ser competitivos de acuerdo con los resultados de la última elección”, señalaron.

Foto: DIARIO HUARPE


En el peronismo predomina un clima de confianza. “El sistema electoral que se defina será el que se crea mejor; igual ellos tienen los números”, agregaron desde el espacio. Dentro del PJ todavía no hay definiciones sobre el próximo candidato a gobernador, aunque ya circulan varios nombres: Fabián Gramajo, Sergio Uñac, Cristian Andino, José Luis Gioja o incluso el actual presidente partidario, Juan Carlos Quiroga Moyano. En ese escenario, si finalmente se deroga el SiPAD, el justicialismo deberá buscar una lista de unidad: una interna abierta podría exponer tensiones y desgaste.

¿Cómo se posiciona el bloquismo?

El Partido Bloquista ha sido uno de los aliados habituales del oficialismo provincial en la mayoría de las votaciones del recinto provincial. Sin embargo, desde el espacio venía planteando mantener el SiPAD, aunque con algunas modificaciones.

Entre sus propuestas figuraba limitar a tres los candidatos por partido y sumar un debate público entre aspirantes a la gobernación, similar al que se realiza a nivel nacional entre los candidatos presidenciales. En ese contexto, el diputado bloquista Luis Rueda sostuvo en Radio Colón que la iniciativa de Marcelo Orrego es “muy acotada y a la vez amplia”.

Foto: Tiempo de San Juan

La iniciativa fue enviada mediante el Mensaje N° 0010, fechado el 4 de marzo de 2026, dirigido al presidente de la Cámara de Diputados, Fabián Martín, para su tratamiento legislativo.

Circularon versiones de que el oficialismo y el Partido Bloquista trabajarían en un proyecto conjunto. Sin embargo, el Poder Ejecutivo decidió adelantarse y enviar directamente la iniciativa para derogar el SiPAD.

Otra de las críticas del bloquista Luis Rueda al proyecto oficialista apunta a que la iniciativa concentra la definición de candidaturas en los partidos políticos. Según su planteo, el esquema dejaría afuera a los no afiliados o a dirigentes que no forman parte de las estructuras partidarias formales. En otras palabras, al no crear un mecanismo abierto para elegir candidatos, las decisiones terminan quedando en mesas chicas o en internas limitadas a los afiliados.

Foto: DIARIO HUARPE

Hoy la política sanjuanina se organiza principalmente a través de frentes electorales y no de partidos aislados. En ese contexto, primero habría que resolver las internas dentro de cada partido y luego volver a negociar las candidaturas dentro del frente. El problema —señalan algunos dirigentes— es que esa segunda instancia no tiene un instrumento formal para definirla. Así, las candidaturas quedarían libradas a acuerdos entre dirigentes, sin un procedimiento regulado ni una votación abierta.

El SiPAD, en cambio, permitía que cada candidato pudiera presentarse y que fuera el electorado quien definiera el orden interno. Ese mecanismo, sin embargo, también generó críticas: en algunos frentes llegó a haber hasta 16 listas en competencia, lo que terminó fragmentando la oferta electoral.

¿A quién le conviene el nuevo sistema?

Sin un mecanismo de competencia abierta dentro de los frentes, la capacidad de armar listas tiende a concentrarse en las conducciones partidarias y en los espacios que ya controlan la estructura electoral. En ese esquema, el escenario favorece a los oficialismos —en este caso el de Marcelo Orrego—, a partidos con liderazgo vertical y a frentes con pocos actores decisores.

En cambio, puede complicar a los espacios con alta fragmentación interna o con múltiples aspirantes competitivos, como ocurre hoy en el Partido Justicialista, y también a dirigentes sin estructura partidaria propia que encontraban en el sistema anterior una vía para disputar candidaturas. Es el caso del Partido Bloquista, que buscaba evitar una pulseada con el Gobierno provincial a la hora de definir candidatos. Los bloquistas aspiraban a valerse de la amplía participación que garantizaba el SiPAD para ofrecer un candidato en cada departamento.

¿Cómo votarían los sanjuaninos si se deroga el SiPAD?

Si la Cámara de Diputados de San Juan aprueba la derogación del SiPAD, los sanjuaninos volverían a votar con el sistema tradicional de listas partidarias. Es decir, cada frente o partido presentaría una sola fórmula de gobernador y vice, junto con sus listas de legisladores e intendentes.

Los candidatos ya no competirían entre sí dentro del mismo frente en la elección general, como ocurría con la Ley de Lemas. En cambio, cada espacio debería definir previamente a su postulante —mediante internas partidarias o acuerdos políticos— y recién después presentarlo ante el electorado.

A diferencia del esquema de lemas, los votos ya no se transferirían entre sublemas de un mismo frente: cada espacio competiría con un único candidato y el postulante más votado ganaría directamente la elección.

Un repaso por un sistema polémico

Allá por 2022, los diputados del Frente de Todos, que respondían al entonces gobernador Sergio Uñac, presentaron en la Legislatura un proyecto que modificó la forma de votación de los sanjuaninos.

Así se instauró el Sistema de Participación Abierta y Democrática (SiPAD), llamado Ley de Lemas. La aprobación no fue sin polémicas: la oposición lo vio como una maniobra del peronismo para juntar fuerzas en medio de un escenario de desencuentro entre sus dos principales referentes, Sergio Uñac y José Luis Gioja.

Desde el oficialismo, planteaban que era una forma de que los ciudadanos participaran en las internas de los partidos.

Lo cierto es que las elecciones provinciales para gobernador e intendentes en 2023 se desarrollaron bajo ese sistema. Los y las sanjuaninas votaron por un sublema (es decir, una lista en específico) perteneciente a un lema (es decir, una agrupación política). Lo distintivo del SiPAD es que los votos son transferibles: en el caso de que un sublema no resulte ganador, sus votos se trasladan al sublema que haya sacado más votos dentro de la agrupación.

El gobernador Marcelo Orrego anunció como promesa de campaña la derogación de este sistema. En su momento, el espacio orreguista fue de los más duros con el esquema.

Argumentaban que el sistema es inconstitucional debido a que consideran que la ley de lemas es un sistema de votación “indirecta” y no “directa”, como propone la Constitución provincial.

En declaraciones a XAMATVOrrego expresó que “no hay nada más tramposo que la ley de lemas”. La calificó como retrógrada y antigua, y sostuvo que la sanción de este sistema fue una maniobra de Uñac y Gioja para sumar votos entre ellos.

La propuesta de derogación, artículo por artículo

Artículo 1°: dispone la derogación del Capítulo 1 “Instituto eleccionario – Sistema de Participación Abierta Democrática (SIPAD)” del Título II de la Ley 2348-N.

Artículo 2°: sustituye el artículo 6 de la Ley 815-N (Estatuto de los Partidos Políticos) y establece los tipos de partidos políticos, que podrán ser:

  • Partidos provinciales
  • Partidos municipales
  • Confederación de partidos
  • Alianzas o frentes electorales
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Diputados tratarán la reforma electoral en el primer semestre. Foto: Legislatura de San Juan

Artículo 3°: reemplaza el artículo 11 de la Ley 815-N, referido a alianzas electorales. Allí se establece que los partidos reconocidos podrán conformar alianzas o frentes para determinadas elecciones, siempre que lo autoricen sus cartas orgánicas y cumplan requisitos como:

  • Acreditar la aprobación de los órganos partidarios
  • Precisar el nombre de la alianza o frente
  • Comunicar los apoderados designados
  • Presentar la plataforma electoral acordada

Artículo 4°: sustituye el artículo 34 de la Ley 815-N, que regula la nominación de candidatos, indicando que se realizará mediante elecciones internas cerradas o según lo establezca la carta orgánica del partido o de las alianzas. También se establece el respeto al principio de paridad de género en cargos legislativos.

Artículo 5°: reemplaza el artículo 36 de la Ley 815-N, referido al sufragante doloso. Establece que quien suplante a otro votante, vote más de una vez o lo haga sin derecho en elecciones internas será inhabilitado por cuatro años para elegir y ser elegido, incluso en elecciones partidarias y para ejercer cargos públicos.

Artículo 6°: dispone la comunicación de la ley al Poder Ejecutivo.

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