La UNSJ no recibió notificación formal y hay incertidumbre sobre la estrategia legal de los padres de preuniversitarios
A pesar de los trascendidos mediáticos sobre la presentación de una demanda colectiva ante el Juzgado Federal para exigir el dictado de clases, la Universidad Nacional de San Juan y los gremios docentes confirmaron que aún no han sido notificados formalmente. En la comunidad universitaria crecen los interrogantes sobre la viabilidad técnica de la medida y la determinación del sujeto demandado.

La Dirección de Asuntos Legales de la Universidad Nacional de San Juan (UNSJ) confirmó que, hasta el momento, la institución no ha recibido ninguna notificación formal ni ha tenido acceso al texto de la demanda presentada ante la Justicia Federal. Desde el área legal explicaron que el proceso depende de los tiempos que se tome el juzgado para proveer la acción y de que los abogados querellantes envíen la correspondiente cédula de traslado.
Por su parte, los representantes del gremio docente ADICUS señalaron que tampoco han sido notificados de ninguna resolución judicial y deducen que el trámite aún no le ha sido corrido en traslado a la universidad. Al no contar con el expediente oficial, las autoridades universitarias remarcan que es imposible fijar una postura o evaluar la viabilidad de la acción hasta conocer con precisión los términos en los que fue planteada.
Las claves de la presentación: amparo colectivo y medida cautelar
De acuerdo con el texto de la presentación judicial, la estrategia impulsada por un grupo de 18 padres, respaldados por 189 firmas de la comunidad educativa, se articula en dos ejes principales dirigidos a los tres colegios preuniversitarios de la UNSJ. Se trata del Colegio Central Universitario, la Escuela Industrial y el Colegio de Comercio:
- Amparo Colectivo: Busca proteger de forma urgente el derecho constitucional de acceso a la educación ante la acumulación de 38 días de clases no dictadas por medidas de fuerza sindicales. Solicita que la UNSJ diseñe e implemente un plan de recuperación de días lectivos o evalúe la extensión del ciclo académico.
- Medida Cautelar: Solicita una orden judicial de urgencia que ordene limitar las interrupciones en las aulas. Para ello, la demanda invoca la normativa que considera a la educación como un «servicio esencial», exigiendo el cumplimiento de una cobertura mínima obligatoria del 75% de asistencia durante las jornadas de paro.
El planteo judicial generó incertidumbre tanto en el cuerpo docente como en los asesores legales, ya que al no tener acceso al texto, no hay precisión sobre a quién se le exige la responsabilidad del cumplimiento. La duda alcanza a las autoridades del Rectorado, las escuelas preuniversitarias, los sindicatos o los profesores en forma individual. Desde el ámbito estrictamente jurídico se advierte que un recurso de amparo requiere indefectiblemente un sujeto responsable claramente determinado sobre el cual recaiga la obligación.
Asimismo, representantes sindicales cuestionaron la aplicación del esquema del 75% de servicio esencial. Calificaron la medida como «inconstitucional» por desvirtuar el derecho de huelga y «totalmente impracticable» en términos operativos, dado que ni los gremios ni las autoridades pueden obligar a docentes afiliados o no afiliados a asistir a dar clases de manera selectiva durante una medida de fuerza. Por estos motivos, desde el gremio consideran que la presentación posee un impacto fundamentalmente mediático.
El malestar docente frente al origen del conflicto
Docentes de la comunidad universitaria manifestaron su preocupación ante la posibilidad de que las consecuencias de la medida judicial recaigan sobre los trabajadores, quienes sostienen el ciclo lectivo en un contexto de severo desgaste salarial. Al respecto, recordaron que el conflicto universitario acumula casi 34 meses, durante los cuales las pérdidas salariales equivalen a haber trabajado varios meses de manera gratuita.
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En esa misma línea, referentes gremiales señalaron que los reclamos judiciales e institucionales quedan desarticulados cuando omiten la responsabilidad del Gobierno Nacional, entidad que ha incumplido las leyes de financiamiento educativo y los fallos judiciales cautelares favorables a las universidades. En lugar de litigar contra la universidad o los docentes, sostienen que el reclamo conjunto de la comunidad educativa debería dirigirse a exigir la restitución de los fondos nacionales.
