Ley Penal Juvenil en San Juan: una guía para entender qué cambia y por qué genera cuestionamientos
Diputados aprobó por unanimidad una norma transitoria para adaptar la Justicia provincial al nuevo régimen. La figura del supervisor, la baja de la edad de punibilidad y las políticas de prevención quedaron en el centro del debate.

La Cámara de Diputados de San Juan aprobó este lunes la Ley Transitoria del Régimen Penal Juvenil con 32 votos afirmativos y cuatro ausencias. La medida recibió el respaldo unánime de los legisladores presentes en el recinto.
La unanimidad, sin embargo, no significó que no hubiera cuestionamientos. Los distintos bloques acompañaron el proyecto porque establece herramientas que necesita el Poder Judicial para aplicar el nuevo régimen penal juvenil. Pero durante la sesión también hubo críticas por la demora de la provincia, el alcance de algunas de las nuevas figuras y, sobre todo, por las políticas que deberían evitar que los adolescentes lleguen al sistema penal.
El objetivo de la norma es funcionar como una herramienta provisoria para adecuar el sistema judicial de San Juan a la Ley Nacional 27.801, vigente desde el 5 de septiembre, mientras la provincia avanza en la elaboración y sanción de un Código Procesal Penal Juvenil definitivo.

En concreto, la ley establece cómo deberá actuar la Justicia provincial frente a causas penales que involucren a adolescentes durante este período de transición. El futuro código deberá adoptar un sistema acusatorio y adversarial. Esto significa que las funciones estarán claramente diferenciadas. Los fiscales investigarán y sostendrán la acusación, la defensa representará al adolescente acusado y los jueces resolverán de manera imparcial a partir de los argumentos y las pruebas presentadas por las partes.
La sanción busca, entonces, cubrir un vacío inmediato. La legislación nacional ya entró en vigencia, pero San Juan todavía no cuenta con el procedimiento definitivo para aplicarla. La ley aprobada funcionará como una suerte de puente hasta que la Legislatura discuta ese nuevo código.
Una ley impulsada por la Corte
El proyecto fue elaborado e impulsado por la Corte de Justicia de San Juan. Durante su tratamiento parlamentario, y luego de reuniones con el presidente del máximo tribunal provincial, Daniel Olivares Yapur, se introdujeron dos modificaciones en los artículos 18 y 19. Los cambios están vinculados con las facultades para realizar adecuaciones presupuestarias y con la regulación de la figura del supervisor.
La ley también incorpora herramientas para resolver determinadas causas sin necesidad de atravesar todas las instancias de un juicio tradicional. Una de ellas es la conciliación, que permite buscar un acuerdo entre las partes. También aparecen la reparación integral del perjuicio, orientada a reparar el daño provocado, y la suspensión del juicio a prueba, que permite detener el proceso bajo determinadas condiciones que deberá cumplir el acusado. A ellas se suma el juicio abreviado, mediante el cual una causa puede resolverse sin atravesar todas las etapas de un juicio oral convencional cuando se cumplen los requisitos establecidos por la ley.

La intención es darle al sistema procedimientos que, según las características de cada caso, permitan respuestas más rápidas y alternativas al juicio tradicional.
Pero este cambio es apenas una primera parte de una reforma más profunda. La provincia todavía deberá definir cómo quedará conformado su sistema penal juvenil, qué organismos intervendrán, cuáles serán sus competencias y con qué estructura y presupuesto funcionarán.
La figura del supervisor, uno de los puntos bajo la lupa
Una de las novedades que incorpora el régimen es la figura del supervisor, que tendrá funciones de acompañamiento y seguimiento de los adolescentes sometidos a determinadas medidas judiciales.
La Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (o el organismo que eventualmente la reemplace) será la encargada de designar a esos supervisores y aplicar las medidas contempladas tanto en la normativa provincial como en la Ley Nacional 26.061, de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
La amplitud de las tareas asignadas a esta figura abrió algunos interrogantes. Entre sus responsabilidades aparecen funciones de apoyo y acompañamiento que pueden alcanzar incluso problemáticas familiares del adolescente. Uno de los puntos que queda por precisar es qué formación e idoneidad deberán acreditar quienes ocupen ese lugar y cuáles serán los límites de su intervención.

Hay otro aspecto. Los supervisores dependerán del área de Niñez del Poder Ejecutivo y no del Poder Judicial, pese a que intervendrán en el cumplimiento de medidas dispuestas en procesos judiciales. Ese cruce entre responsabilidades judiciales y tareas de acompañamiento social será uno de los puntos a precisar durante la aplicación de la norma y, especialmente, cuando se discuta el código definitivo.
El asunto, además, no es únicamente jurídico. Poner en funcionamiento esta nueva estructura requerirá recursos humanos y presupuesto del Estado provincial, mientras continúan pendientes otras herramientas destinadas a proteger a niños y adolescentes.
Las críticas del peronismo
Durante el debate en la Legislatura, una de las principales críticas compartidas por distintos bloques apuntó a una demora de la propia provincia. San Juan no logró sancionar el Código Procesal Penal Juvenil definitivo dentro del plazo de 180 días establecido a nivel nacional.
En esa línea, el diputado Mario Herrero (San Juan Vuelve) advirtió que el apuro por adaptar ahora la legislación provincial al nuevo régimen puede aumentar el riesgo de cometer errores.
La postura más crítica y detallada fue la de Fernanda Paredes (Bloque PJ), quien concentró sus cuestionamientos en varios puntos.

Paredes sostuvo que la provincia “volvió a fallar como instituciones” al no cumplir con los plazos previstos originalmente. Por ese motivo, reclamó que la ley aprobada funcione estrictamente como una herramienta puente y que su vigencia sea lo más breve posible.
Uno de sus planteos apuntó a la figura del supervisor. La legisladora reclamó que durante este período transitorio queden claramente establecidas sus competencias para evitar superposiciones o confusiones con las funciones y responsabilidades contempladas por la legislación nacional.
También cuestionó la manera en que se elaboran este tipo de proyectos. La diputada criticó la falta de participación de quienes trabajan diariamente dentro del sistema judicial y reclamó que esa situación no se repita cuando comience la discusión del Código Procesal Penal Juvenil definitivo.
Para ese debate pidió una convocatoria amplia que incluya a jueces penales especializados en Niñez, fiscales, defensores y asesores. También reclamó la participación de la Universidad Nacional de San Juan y de organizaciones especializadas, como la Asociación Pensamiento Penal.
La discusión de fondo: bajar la edad no alcanza
El consenso sobre la necesidad de darle herramientas inmediatas a la Justicia convivió durante la sesión con una discusión más profunda. La pregunta es si una reforma del régimen penal alcanza para responder al problema de los adolescentes que cometen delitos.
Paredes planteó objeciones sobre algunos aspectos de la normativa nacional, particularmente sobre la reducción de la edad de punibilidad a los 14 años. En ese punto, sostuvo que la provincia deberá realizar un riguroso control de constitucionalidad y convencionalidad.
Dicho de manera más sencilla, reclamó que al aplicar el nuevo régimen se controle que sus disposiciones sean compatibles con la Constitución Nacional y con los tratados internacionales de derechos humanos que debe respetar la Argentina, especialmente la Convención sobre los Derechos del Niño.

La legisladora también reclamó una diferenciación clara entre la Justicia Penal Juvenil y el sistema penal destinado a los adultos. Advirtió que, al momento de juzgar a un adolescente, la responsabilidad debe determinarse por el hecho concreto que se le atribuye y no por valoraciones sobre su personalidad o por una supuesta “peligrosidad”.
Es decir, el proceso debe centrarse en determinar qué hizo el adolescente y qué responsabilidad tuvo en ese hecho, y no en juzgar quién es, cómo vive o cuáles son sus características personales.
El debate dejó expuestos, de ese modo, dos planos diferentes. Uno tiene que ver con qué debe hacer el Estado cuando un adolescente ya ingresó al sistema penal. El otro aparece antes y abre una discusión más amplia. ¿Qué políticas existen para evitar que llegue hasta allí?
Qué pasa antes de que un adolescente llegue a la Justicia
Otro de los interrogantes planteados durante el debate tuvo que ver con la aplicación concreta del nuevo sistema y, especialmente, con las políticas de prevención.
Paredes señaló que todavía no está claro qué organismos provinciales deberán hacerse cargo de medidas complementarias vinculadas con salud, educación, capacitación o tratamiento de adicciones. También puso en duda si la provincia cuenta con los recursos necesarios para sostener esas políticas y cómo se financiará el funcionamiento de los juzgados, fiscalías, supervisores e institutos que requerirá el régimen.
El planteo cobra relevancia porque el nuevo esquema incorpora estructuras y responsabilidades para el Estado, mientras San Juan todavía mantiene pendientes otras instituciones destinadas específicamente a garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Entre ellas aparece la figura del abogado del niño, existente en otras jurisdicciones y destinada a garantizar que niños y adolescentes puedan contar con asistencia jurídica especializada para defender sus derechos e intereses.
También continúa pendiente la Defensoría de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, otra de las instituciones señaladas como necesarias para consolidar un sistema provincial de protección integral.
El cuestionamiento, entonces, va más allá del funcionamiento de los tribunales. Antes de discutir solamente cómo debe responder el Estado cuando un adolescente comete un delito, el debate pone el foco en qué herramientas de acompañamiento, contención y prevención existen para intervenir antes de que ese joven llegue al sistema penal.
Una solución provisoria para un debate que recién empieza
Los 32 votos afirmativos muestran que no hubo una disputa legislativa alrededor de la necesidad inmediata de la norma. Incluso los sectores que formularon las críticas más fuertes terminaron acompañando el proyecto.
El consenso estuvo en darle herramientas al Poder Judicial para atravesar el período abierto por la entrada en vigencia de la legislación nacional. Las diferencias aparecieron en otro lugar. Cuánto debe durar esta solución transitoria, cómo se implementará, qué recursos demandará y qué políticas acompañarán al nuevo régimen son algunas de las preguntas que siguen abiertas.
Por eso, la sanción de la ley difícilmente cierre la discusión. Más bien marca el comienzo de otra, posiblemente más compleja, alrededor de la elaboración del Código Procesal Penal Juvenil definitivo.

Allí deberán definirse con mayor precisión el funcionamiento de los juzgados y fiscalías especializados, el rol de los supervisores, los organismos encargados de acompañar a los adolescentes y los recursos que deberá aportar la provincia.
Durante la sesión, legisladores de distintos bloques coincidieron en que ese proceso no debería volver a resolverse a contrarreloj. Reclamaron que la etapa transitoria sea lo más breve posible y que el próximo proyecto sea discutido con jueces, fiscales, defensores, asesores, universidades y organizaciones especializadas.
Porque la ley aprobada este lunes permite comenzar a aplicar el nuevo régimen. Pero deja abierta una pregunta bastante más amplia. Qué sistema construirá San Juan no solo para juzgar a los adolescentes que cometan delitos, sino también para evitar que lleguen a esa instancia.
