Cristina Kirchner condenada: las opiniones contrapuestas de dos abogados sanjuaninos
La Mecha habló con los abogados Federico Sanna y Marcelo Arancibia sobre los detalles del fallo contra la expresidenta.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó este martes la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos para Cristina Fernández de Kirchner por la causa Vialidad. El fallo pone fin a un largo proceso judicial de casi diez años.
La causa conocida como «Vialidad» investigó supuestos sobreprecios en 51 licitaciones otorgadas al empresario Lázaro Báez en la provincia de Santa Cruz entre 2003 y 2015, durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner. El máximo tribunal, compuesto por solo tres jueces, la acusó por administración fraudulenta en perjuicio del Estado, desestimando la acusación por asociación ilícita.
La resolución no solo ratifica la pena dictada por el Tribunal Oral Federal N°2 y la Cámara de Casación Penal, sino que también rechaza en su totalidad los argumentos que la defensa venía sosteniendo desde hacía años, como la parcialidad de los jueces y fiscales hasta la incorporación de pruebas en instancias no permitidas.

Un fallo, dos versiones
La discusión sobre la legitimidad del veredicto divide la sociedad. Para Marcelo Arancibia, abogado y ex candidato a gobernador de San Juan, la decisión de la Corte es un indicio de la solidez del sistema democrático: «Cristina fue condenada cuando era vicepresidenta y ahora la Corte lo ratifica cuando es presidenta del principal partido opositor«.
Marcelo Arancibia agrega: «Cristina Kirchner tuvo todas las oportunidades procesales legales para defenderse. De hecho, la sociedad pudo ver los juicios orales por televisión en directo y escuchar los fundamentos de la acusación y de la defensa».
La Mecha conversó con el abogado Federico Sanna Baroli acerca de la sentencia: «Es un fallo arbitrario y carente de sustento jurídico. En el proceso hubo muchas irregularidades vinculadas con las garantías penales que tenemos las personas, como lo son la defensa en juicio, el debido proceso, la imparcialidad de los jueces, el principio de congruencia entre el hecho y la condena».
Federico Sanna señala además como irregularidades «la incorporación de pruebas en instancias procesales que no correspondían, sin el derecho a que la defensa pueda pronunciarse y rebatir esa prueba; y la ampliación de la base fáctica por la que se la había procesado, incorporando nuevos hechos trascendentes cuando no era oportuno, lo que también impedía luego ejercer correctamente el derecho de defensa».
Sanna también alega «la falta de imparcialidad de los magistrados por haberse demostrado que mantenían vínculos con adversarios políticos, particularmente con Mauricio Macri«. El abogado hace referencia a la polémica que estalló cuando, durante el juicio, medios de comunicación dieron a conocer que el juez Rodrigo Giménez Uriburu y el fiscal Diego Luciani jugaban juntos al fútbol en la quinta Los Abrojos, propiedad del expresidente Macri.
También se filtró que los camaristas de Casación que revisaron la condena, los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, se veían asiduamente con el expresidente para jugar al paddle. A ellos se les suma Julián Ercolini, juez que instruyó la causa en primera instancia, que viajó en un vuelo privado a la mansión del inglés Joe Lewis en Lago Escondido junto a otros magistrados y funcionarios porteños, invitados por el Grupo Clarín.

Para Marcelo Arancibia, sin embargo, estos hechos no son suficientes para justificar la parcialidad de los magistrados: «en ningún momento se ha mostrado arbitrariedad en la interpretación de los hechos ni la aplicación del derecho, por lo tanto no hay viabilidad del recurso extraordinario».
Federico Sanna argumenta al respecto: «Es reprochable que la Corte no haya siquiera analizado la cuestión de fondo en la causa vinculada a las garantías penales, que haya hecho simplemente un esbozo de unos fundamentos mínimos sin analizar la causa en sí».
El fallo llega una semana después que Cristina Kirchner anunciara su candidatura a las elecciones legislativas bonaerenses, por lo que la principal referente del Justicialismo queda impedida para competir. Sobre este punto, ambos abogados coinciden en que, si bien técnicamente no se trata de una proscripción en términos jurídicos, esto excede el campo hacia lo político.